Sentencia N° 42/19

autos Corte Nº 010/2019 "BACA, Leonardo Fabián - c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración"

Actor: BACA, Leonardo Fabián -

Demandado: GOBIERNO DE LA PROVINCIA

Sobre: Acción de Amparo por Mora de la Administración

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso

Fecha: 2019-03-26

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Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: CUARENTA y UNO San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de marzo de 2019.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 010/2019 "BACA, Leonardo Fabián - c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración", y CONSIDERANDO: Que vienen los presentes autos a despacho a fin de la integración del Tribunal. A fs.05/08vta., se presenta el Sr. Leonardo Fabián Baca, con el patrocinio letrado del Dr. Javier Espinoza, promoviendo Acción de Amparo por Mora de la Administración.- A fs.09 el Sr. Ministro, Dr. José Ricardo Cáceres, se excusa de entender en la presente causa en virtud de lo dispuesto por el Art.17, inc. 9º del Código Procesal Civil y Comercial y lo normado por el Art.30 del mismo ordenamiento legal.- Mediante decreto de fs.10 y para entender de la excusación formulada por el Sr. Ministro, Dr. José Ricardo Cáceres, se integra el Tribunal con el Sr. Procurador General, Dr. Enrique Ernesto Lilljedahl.- Que siendo de recibo las razones invocadas en la excusación que se formula y conforme a las previsiones de los Arts.30 y 17 inc. 9º del Código Procesal Civil y Comercial, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Hacer lugar a la excusación formulada a fs.09 por el Sr. Ministro, Dr. José Ricardo Cáceres, quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.- 2) Protocolícese, notifíquese y prosigan los autos según su estado.- Fdo.: Dres. Vilma Juana Molina (Presidente), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Enrique Ernesto Lilljedahl (Ministro Subrogante) Ante mi: Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - -

Sumarios

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