Sentencia N° 28/15

autos Corte Nº 04/15 “HEREDIA, Pablo Javier c/ ACOSTA, Julio Antonio y/o Electromecánica Acosta –s/ Beneficios Laborales - s/ RECURSO DE CASACIÓN”

Actor: HEREDIA, Pablo Javier

Demandado: ACOSTA, Julio Antonio y/o Electromecánica Acosta –

Sobre: Beneficios Laborales - s/ RECURSO DE CASACIÓN

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Casación

Fecha: 2015-03-27

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Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Veintiocho.- San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de Marzo de 2015-. VISTOS: Estos autos Corte Nº 04/15 “HEREDIA, Pablo Javier c/ ACOSTA, Julio Antonio y/o Electromecánica Acosta –s/ Beneficios Laborales - s/ RECURSO DE CASACIÓN”, Y CONSIDERANDO: Atento las razones invocadas en la inhibición formulada a fs. 15 por el Sr. Ministro Dr. José Ricardo Cáceres, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Hacer lugar a la inhibición del Sr. Ministro, Dr. José Ricardo Cáceres, quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.- 2) Actúe como Procuradora General Subrogante la Sra. Fiscal de la Cámara de Apelaciones de Segunda Nominación, Dra. Margarita Niederle de Monti.- 3) Protocolícese y hágase saber.- Presidente: Dr. Luís Raúl CIPPITELLI.- Decano: Dra. Amelia del V. SESTO DE LEIVA.- Vice Decano: Dr. Miguel Ángel CONTRERAS.- Secretaria: Dra. Cristina del Valle SALAS MARTINEZ.-

Sumarios

Excusación Dr. Cáceres. Admisibilidad.

Excusación Dr. Cáceres. Admisibilidad.

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