Sentencia N° 11/24

PÁEZ, Enzo Daniel c/ PODER EJECUTIVO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa

Actor: PÁEZ, Enzo Daniel

Demandado: PODER EJECUTIVO PROVINCIAL

Sobre: Acción Contencioso Administrativa

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso

Fecha: 2024-05-15

Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Once San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de mayo de 2024 Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 059/2022 caratulados "PÁEZ, Enzo Daniel c/ PODER EJECUTIVO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa", y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: 1- Que a fs. 116 la Sra. Ministra titular de esta Corte de Justicia, Dra. María Fernanda Rosales Andreotti, conforme el art. 30 del CPCC, solicita su apartamiento para actuar en los presentes autos por encontrarse comprendida en la causal prevista en el art.17, inc. 1º del citado cuerpo legal, con la apoderada del Estado Provincial, Dra. Victoria Eugenia Rosales, con quien tiene parentesco por consanguinidad de cuarto grado (prima). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A fs. 117 obra el proveído que ordena la integración del Tribunal para entender en la excusación bajo estudio, resultando desinsaculadas del sorteo practicado a fs. 118, la bolilla Nº 5 (cinco) correspondiente a la señora Decana de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo, de Minas, Menores y Familia de Segunda Nominación, Dra. Gimena de la Cruz Soria Seco y la bolilla Nº 8 (ocho) correspondiente a la señora Decana de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo, de Minas, Menores y Familia de Tercera Nominación, Dra. Natalia Ferreyra - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - Que siendo de recibo la razón invocada en la excusación formulada por la Dra. María Fernanda Rosales Andreotti, conforme las previsiones de los arts. 30 y 17 inc. 1º del Código Procesal Civil y Comercial,- - - - - - - - - - - - - LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministra, Dra. María Fernanda Rosales Andreotti, quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2) Protocolícese, notifíquese y prosigan los autos según su estado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Fdo.: Dres. Carlos Miguel Figueroa Vicario (Presidente), Fabiana Edith Gómez (Ministra), José Ricardo Cáceres (Ministro), Rita Verónica Saldaño (Ministro), Néstor Hernán Martel (Ministro), Gimena de La Cruz Soria Seco (Ministra Subrogante) y Natalia Ferreyra (Ministra Subrogante) Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - -

Sumarios

No hay sumarios relacionados con esta sentencia.

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