Sentencia N° 18/24
MOREIRA, Julio Vidal C/ MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO S/Acción Contencioso Administrativa
Actor: MOREIRA, Julio Vidal
Demandado: MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO
Sobre: Acción Contencioso Administrativa
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso
Fecha: 2024-05-31
Texto de la Sentencia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Dieciocho
San Fernando del Valle de Catamarca, 31 de mayo de 2024
Y VISTOS:
El expediente Corte Nº 121/2019, "MOREIRA, Julio Vidal C/ MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO S/Acción Contencioso Administrativa", y-
CONSIDERANDO:
1- Que a fs. 179/184 la parte actora presenta planilla de liquidación de deuda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs. 185 se ordena correr traslado de la planilla a la parte demandada, quien debidamente notificada conforme cédula de notificación diligenciada adjunta a fs. 186 y vta., no comparece - - - - - - - - - - - - - - - - - A fs. 188 se dicta proveído que ordena la remisión de la causa al Cuerpo Interdisciplinario Forense para el control de la liquidación presentada, el que cumplido se evacúa a fs. 192/193. El mismo indica, que se procedió a efectuar recálculo de la planilla, ya que en la planilla presentada no explica los parámetros del cálculo del interés (fecha de inicio, fecha de finalización) ni acompaña cálculos que puedan ser controlados, en consecuencia se adjunta nueva liquidación detallada por el período mayo 2019 a mayo 2023, con el interés de tasa activa del Banco Nación por la suma de $2.280.200,76.- - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Integrado el Tribunal, a fs. 198 se dicta proveído que ordena autos para resolver, el que firme deja la causa en estado de emitir pronunciamiento.-
2- Que habiéndose efectuado el control de la planilla presentada, y lo informado por el técnico auxiliar, este Tribunal comprueba que la liquidación efectuada por el Cuerpo Interdisciplinario Forense responde a los lineamientos fijados en Sentencia Definitiva Nº 06/2023 de fs. 139/165.- - - - - - - - - -
En consecuencia, corresponde rechazar la planilla de liquidación presentada por la parte actora y aprobar los cálculos efectuados por el auxiliar técnico del CIF por la suma de Pesos Dos millones doscientos ochenta mil doscientos con setenta y seis centavos ($ 2.280.200,76) en cuanto por derecho hubiere lugar.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
3- Sin costas, atento a la falta de contradictorio.- - - - - Por todo ello, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Rechazar la planilla de liquidación presentada por la parte actora.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2) Aprobar la planilla de liquidación confeccionada por el auxiliar técnico del CIF por la suma de Pesos Dos millones doscientos ochenta mil doscientos con setenta y seis centavos ($ 2.280.200,76) en cuanto por derecho hubiere lugar.- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3) Sin costas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4) Protocolícese y notifíquese.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: Dres. Maria Fernanda Rosales Andreotti (Presidenta), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), Fabiana Edith Gómez (Ministra), José Ricardo Cáceres (Ministro), Rita Verónica Saldaño (Ministra), Néstor Hernán Martel (Ministro), Ana Guadalupe Vera (Ministra Subrogante). Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Sumarios
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