Sentencia N° 17/21
VILLEGAS, Sergio Adrián c/ MUNICIPALIDAD AUTÓNOMA DE TINOGASTA s/ Acción Contencioso Administrativo
Actor: VILLEGAS, Sergio Adrián
Demandado: MUNICIPALIDAD AUTÓNOMA DE TINOGASTA
Sobre: Acción Contencioso Administrativo
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso
Fecha: 2021-03-10
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Texto de la Sentencia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: DIECISIETE
San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de marzo de 2021.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 009/2016 "VILLEGAS, Sergio Adrián c/ MUNICIPALIDAD AUTÓNOMA DE TINOGASTA s/ Acciòn Contencioso Administrativo", traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:
1- Que a fs. 379 de estos autos, comparece el CPN Francisco Luis Florimonte, en calidad de perito en el presente proceso y solicita regulación de sus honorarios profesionales por las actuaciones cumplidas en la causa.- - - - - - - - -
A fs. 309, obra acta de recepción del cargo de perito contador del profesional Francisco Luis Florimonte y a fs. 321/322 y vta. dictamen pericial.- - -
A fs. 364/372 vta, mediante Sentencia Definitiva Nº 33 de fecha 24 de septiembre de 2020, la Corte de Justicia resuelve: "1) Rechazar la Acción Contencioso Administrativa interpuesta por el Sr. Sergio Adrian Villegas en contra de la Municipalidad Autónoma de Tinogasta. 2) Imponer las costas a la parte actora que resulta vencida".- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que a los fines de la regulación de honorarios debe tenerse en cuenta la complejidad del asunto, el mérito de la labor profesional en cuanto a su calidad, eficacia y extensión, todo de conformidad con los arts. 6 de la Ley Nº 3956 y art. 3 Resolución CPCECa. N° 3034/15, correspondiendo regular los honorarios profesionales del CPN Francisco Luis Florimonte, por el trabajo desempañado en su calidad de perito en autos, en 4 JUS (valor del JUS $ 2.651,52).- - - - - - - - - - - - - - -
Por todo ello, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Regular los honorarios profesionales del CPN Francisco Luis Florimonte, por los trabajos realizados como perito en el presente proceso, en la suma de pesos diez mil seiscientos seis con ocho centavos ($ 10.606,08).- - - - - - -
2) Protocolícese, notifíquese a la partes, a la Dirección General de Rentas y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Catamarca.
Fdo.: Dres. Carlos Miguel Figueroa Vicario (Presidente), Vilma Juana Molina(Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Néstor Hernán Martel (Ministro), Fabiana Edith Gómez (Ministro). Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia en comisión).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Sumarios
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