Sentencia N° 53/21
PASTORIZA, Silvia Patricia c/ ESTADO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa
Actor: PASTORIZA, Silvia Patricia
Demandado: ESTADO PROVINCIAL
Sobre: Acción Contencioso Administrativa
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso
Fecha: 2021-04-30
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Texto de la Sentencia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: CINCUENTA Y TRES
San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de abril de 2021
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 084/2013 "PASTORIZA, Silvia Patricia c/ ESTADO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa", traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y- - - - - - -
CONSIDERANDO:
1- Que a fs. 193 de estos autos, comparece la Dra. Gabriela Elizabeth Nieva, apoderada de la demandada, Estado Provincial y solicita regulación de sus honorarios profesionales por las actuaciones cumplidas en autos.-
A fs. 23/45, comparece la Sra. Silvia Patricia Pastoriza, mediante patrocinio letrado e interpone demanda Contencioso Administrativa en contra del Estado Provincial.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs.102/108, comparece el Estado Provincial a través de apoderadas -Dras. Leticia Elizabeth Llopis y María Guadalupe Pérez Llano- y contesta demanda.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs. 140 la Dra. Gabriela Elizabeth Nieva, comparece y solicita participación en carácter de apoderada del Estado Provincial.- - - - - - - - - - -
A fs.178/186, mediante Sentencia Definitiva Nº 29 de fecha 16 de octubre de 2019, la Corte de Justicia resuelve: "1) Rechazar la Acción Contencioso Administrativa interpuesta por la Sra. Silvia Patricia Pastoriza, en contra del Estado Provincial, por unanimidad de votos.- 2) Imponer las costas a la parte actora que resulta vencida, por mayoría de votos".- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que a los fines de la regulación de honorarios debe tenerse en cuenta la complejidad del asunto, el mérito de la labor profesional en cuanto a su calidad, eficacia y extensión, todo de conformidad con los arts. 6, 7 y 39 de la Ley Nº 3956 y Acordada Nº 4183/11 dictada por esta Corte de Justicia, correspondiendo regular los honorarios profesionales de la Dra. Gabriela Elizabeth Nieva, apoderada de la parte demandada ganadora, por su trabajo realizado en el presente proceso (3º etapa) en 5 JUS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por todo ello,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Regular los honorarios profesionales de la Dra. Gabriela Elizabeth Nieva, apoderada de la parte demandada ganadora, en la suma de pesos catorce mil ochocientos cuarenta y ocho con cincuenta centavos ($14.848,50).- - - -
2) Protocolícese, notifíquese a las partes, al Colegio de Abogados y a la Dirección General de Rentas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: Dres. Carlos Miguel Figueroa Vicario (Presidente), Vilma Juana Molina(Ministro), Néstor Hernán Martel (Ministro), Fabiana Edith Gómez (Ministro), Pablo Rosales Andreotti (Ministro Subrogante), Julio Eduardo Bastos (Ministro Subrogante), Jorge Eduardo Crook (Ministro Subrogante). Ante mi: Dra. Yesica Mariana Diaz (Prosecretaria - Corte de Justicial).- - - - - - - - - - -
Sumarios
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