Sentencia N° 83/21

ORCKO BRAVO, Indalecio y Otros c/ MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO s/ Acción de Amparo

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso

Fecha: 2021-09-23

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Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ochenta y Tres San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de septiembre de 2021 Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 008/2020 "ORCKO BRAVO, Indalecio y Otros c/ MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO s/ Acción de Amparo, traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y- - - - - - - CONSIDERANDO: Que a fs. 907 de estos autos, el Dr. Andrés Cruz Vera, patrocinante de la parte actora solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Examinados los antecedentes de autos resulta que a fs. 219/246 y vta., comparece la parte actora, por intermedio de letrado patrocinante y promueve acción de amparo en contra de la Municipalidad de Valle Viejo.- - - - - - - - - - - - - - - A fs. 263/276 vta. los Dres. Carlos Martín Peralta y María del Carmen Austerlitz, apoderados de la Municipalidad de Valle Viejo, presentan informe circunstanciado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A fs. 839/861y vta. obra Sentencia Definitiva Nº 04 de fecha 15 de abril de 2021, por la cual se resuelve: 1) Hacer lugar a la Acción de Amparo promovida por los señores/as Indalecio Orcko Bravo, Diego Augusto Mohamed, Facundo Javier Carpio, Iván Matías Heredia, Fany Edith Silva, César Darío Villagrán, Julián Emanuel Cardozo, Yenhy Elizabeth Segura, Luis Eduardo Vega, Fernando Martín Juárez, Ariel Alejandro Vargas, Víctor Antonio Reales, Alberto Antonio Centeno, Carolina Reales, Mónica Beatriz Gordillo, Karen Nahir Barros, Susana Romina Zerdán, Jonathan Alejandro Fernández, Lorena Alejandra Vergara, María Belén Salomón, Anahí Alejandra Barrionuevo, Mario Ernesto Medrano, José Brian Varela Galván, Ramón Damián Antonio Figueroa, Juan Manuel Guzmán, Mariano Leonardo Rodríguez y Víctor Marcelo Bazán en contra de la Municipalidad de Valle Viejo y declarar la nulidad del Decreto N° 064/2020 y ordenar a la demandada reincorpore a los actores en las mismas condiciones y categorías que desempeñaban al momento de quedar cesantes, en el plazo de diez (10) días de quedar firme la presente resolución, por unanimidad de votos.- 2) Denegar el reclamo de pago de salarios dejados de percibir por los actores durante el período de tiempo que duró la cesantía por exceder el marco de la acción de amparo, sin perjuicio de la subsistencia de las acciones que pudieren corresponder, por mayoría de votos.- 3) Costas a la demandada vencida, por unanimidad de votos.- - - Que a los fines de la regulación de honorarios, debe estarse a las pautas establecidas por el art. 6 de la Ley Nº 3956 (de Honorarios), como lo son: aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos realizados, traducidos en naturaleza y complejidad del asunto o proceso, prueba rendida en autos, mérito de la labor profesional traducida en calidad, eficacia, Acordada Nº 4183/11 y su ampliatoria Acordada Nº 4547 dictadas por esta Corte de Justicia, correspondiendo regular los honorarios profesionales del Dr. Andrés Cruz Vera, por sus trabajos realizados en el presente proceso donde resulta ganador como patrocinante de la parte actora en 20 JUS (Valor del JUS $ 3.266,67 x 20 = $65.333,40).- - - - - - - - - - Por ello, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Regular los honorarios profesionales del Dr. Andrés Cruz Vera, por los trabajos realizados en la causa donde resulta vencedor como patrocinante de la parte actora, en la suma de pesos: sesenta y cinco mil trescientos treinta y tres con cuarenta centavos ($65.333,40 ).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2) Protocolícese, notifíquese a las partes, al Colegio de ////////// CORTE Nº008/2020 abogados y a la Dirección General de Rentas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Fdo.: Dres. Carlos Miguel Figueroa Vicario (Presidente), Vilma Juana Molina(Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Néstor Hernán Martel (Ministro), Fabiana Edith Gómez (Ministra), Maria Fernanda Rosales Andreotti (Ministra) Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Sumarios

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