Sentencia N° 89/21
HORACIO CATALAN SRL - c/ PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción Contencioso Administrativa
Actor: HORACIO CATALAN SRL
Demandado: PROVINCIA DE CATAMARCA
Sobre: Acción Contencioso Administrativa
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso
Fecha: 2021-09-27
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Texto de la Sentencia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ochenta y Nueve
San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de septiembre de 2021
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 090/2019 "HORACIO CATALAN SRL - c/ PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción Contencioso Administrativa" y- - -
CONSIDERANDO:
Que, es facultad de este Tribunal otorgada en el art. 316 del CPCC declarar de oficio la caducidad de la instancia, sin otro trámite que la comprobación de inactividad de las partes por el plazo previsto en la ley, y que en los presentes autos el procedimiento ha estado paralizado desde el día 28 de octubre del año 2019 (conf. constancia de fs. 36), hasta el presente.- - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por ello y en conformidad con la naturaleza de la presente acción, se observa que el plazo por el cual ha estado paralizada la presente causa excede los seis meses previstos en el art. 310 inc.1 del CPCC, en consecuencia, corresponde declarar la caducidad de instancia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Sin costas atento a la falta de contradictorio.- - - - - - - - - - - - - -
Por todo ello, y lo dispuesto por los arts. 310 inc. 1°, 311 y 316 del Código Procesal Civil y Comercial.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Declarar de oficio la perención de la instancia en los presentes autos, sin costas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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2) Protocolícese, notifíquese y archívense.- - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: Dres. Carlos Miguel Figueroa Vicario (Presidente), Vilma Juana Molina(Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro),Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Néstor Hernán Martel (Ministro), Fabiana Edith Gómez (Ministra) y Maria Fernanda Rosales Andreotti (Ministra). Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - -
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