Sentencia N° 127/21
LÓPEZ, Luis René c/PODER EJECUTIVO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa
Actor: LÓPEZ, Luis René
Demandado: PODER EJECUTIVO PROVINCIAL
Sobre: Acción Contencioso Administrativa
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso
Fecha: 2021-12-10
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Texto de la Sentencia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ciento Veintisiete
San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de diciembre de 2021
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 117/2016 "LÓPEZ, Luis René c/ PODER EJECUTIVO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa", y- - - - - - - - -
CONSIDERANDO:
1- Que la parte actora, presenta planilla de liquidación por la suma de $ 55.927,16 conforme el detalle de fs. 106.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs. 110 se ordena correr traslado de la planilla a la parte demandada, quien debidamente notificada conforme cédula de notificación adjunta a fs. 111 y vta. no comparece.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que a fs.112 la parte actora solicita se apruebe la liquidación presentada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs. 113 se da por decaído el derecho dejado de usar por la parte demandada y se ordena la remisión de la causa al Cuerpo Interdisciplinario Forense para el control de la misma, el que cumplido se evacúa a fs. 114, con observaciones a la planilla formulada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Puesta en conocimiento de la impugnaciones, a fs. 116 la parte actora reformula planilla por la suma de $ 32.290,81.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs. 117 se ordena la remisión de la nueva planilla al Cuerpo Interdisciplinario Forense para que controle la misma. Cumplido, a fs. 118 y vta., se realizan nuevas observaciones a la liquidación. Atento ello, a fs. 119 el Tribunal ordena al Cuerpo Interdisciplinario Forense faccione planilla conforme los lineamientos ordenados en Sentencia Definitiva Nº 25/2019.- - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs. 120/124 y vta, se presenta nueva planilla de liquidación por la suma de $ 38.463,84.- - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Integrado el Tribunal, a fs. 128 se dicta proveído que ordena autos para resolver, el que firme deja la cuestión en estado de emitir pronunciamiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2- "El procedimiento ejecutorio, una vez presentada la liquidación, impone su realización práctica. Pero se le permite al ejecutado el control de dicha liquidación, más allá del deber del juez de observarla en lo pertinente, entendiéndose que el incumplimiento de la carga de la contestación a la liquidación impone continuar el procedimiento, que consiste en su aprobación. `Por la suma que resultare´quiere decir que la aprobación se efectuará, no directamente, sino conforme a derecho, lo que supone respetar las bases de la sentencia..."(Enrique M. Falcón, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación 2, Buenos Aires, Editorial Astrea, año 2006 y pág.287).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En consecuencia, habiéndose efectuado el control de la planilla presentada, por el Cuerpo Interdisciplinario Forense, a través del profesional de la materia, corresponde aprobar la planilla de liquidación confeccionada por el auxiliar técnico del CIF por la suma de Pesos Treinta y ocho mil cuatrocientos sesenta y tres con ochenta y cuatro centavos ($ 38.463,84), en cuanto por derecho hubiere lugar.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Sin costas, atento a la falta de contradictorio.- - - - - - - - - - - -
Por todo ello, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Rechazar la planilla de liquidación presentada por el actor.- 2) Aprobar la planilla de liquidación confeccionada por el CIF por la suma de Pesos Treinta y ocho mil cuatrocientos sesenta y tres con ochenta y cuatro centavos ($ 38.463,84), en cuanto por derecho hubiere lugar.- - - - - - - - - - - -
3) Sin costas.. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Corte Nº 117/2016
4) Protocolícese y notifíquese.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: Dres. Vilma Juana Molina (Presidente), José Ricardo Cáceres (Ministro), Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Néstor Hernán Martel (Ministro), Fabiana Edith Gómez (Ministra), Maria Fernanda Rosales Andreotti (Ministra) y Marco Augusto Herrera (Ministro Subrogante) Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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