Sentencia N° 30/22
Sindicato Obrero de Estaciones de Servicio GNC, Garages y Playas de Estacionamientos de Catamarca c/ NORGAS SRL s/ Ejecutivo s/ RECURSO DE CASACION
Actor: Sindicato Obrero de Estaciones de Servicio GNC, Garages y Playas de Estacionamientos de Catamarca
Demandado: NORGAS SRL
Sobre: Ejecutivo s/ RECURSO DE CASACION
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Casación Definitiva
Fecha: 2022-11-09
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Texto de la Sentencia
SENTENCIA DEFINITIVA NÚMERO: Treinta.-
En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los nueve días del mes de Noviembre de dos mil veintidós, se reúne en Acuerdo la Corte de Justicia de la Provincia, integrada en estos autos por los Señores Ministros titulares Dres. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO, JOSE RICARDO CACERES, FABIANA EDITH GOMEZ, LUIS RAUL CIPPITELLI, NESTOR HERNAN MARTEL, MARIA FERNANDA ROSALES ANDREOTTI y RITA VERÓNICA SALDAÑO, bajo la presidencia del Dr. Figueroa Vicario, Secretaria Dra. CRISTINA DEL VALLE SALAS MARTÍNEZ, para decidir sobre la viabilidad formal del Recurso de Casación interpuesto en los autos Corte Nº 047/22 “Sindicato Obrero de Estaciones de Servicio GNC, Garages y Playas de Estacionamientos de Catamarca c/ NORGAS SRL s/ Ejecutivo s/ RECURSO DE CASACION”, el Tribunal se plantea las siguientes cuestiones a resolver:
1) ¿Es admisible el Recurso de Casación interpuesto? - - - - - -
2) Costas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A LA PRIMERA CUESTIÓN PLANTEADA, los Señores Ministros por unanimidad dijeron:
Que llegan estos autos a este Tribunal en virtud de un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 65/21 dictada por la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, de Minas, del Trabajo y de Familia de Tercera Nominación. - - - -
Que a fs. 10 la parte actora solicita la declaración de caducidad de la instancia en atención al tiempo transcurrido con inactividad en la causa; efectuado el traslado pertinente, es contestado por el recurrente a fs. 13 solicitando el rechazo del mismo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A fs.17 se ordena elevar los autos a este Tribunal, correspondiendo en primer término resolver sobre el incidente de caducidad planteado, en razón que de prosperar éste no corresponde el tratamiento del recurso de casación articulado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que según constancias de autos, el recurrente presenta recurso de casación con fecha 28/07/21, consecuentemente el tribunal ordena con fecha 03-08-21 correr traslado a la contraria por el plazo de diez días debiendo notificarse personalmente o por cédula; dicho trámite no es efectivizado y con fecha 30/06/22 la parte actora solicita la caducidad de la instancia del recurso articulado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Analizadas las constancias de autos se advierte que la única actuación del recurrente consistió en la presentación del memorial de agravios del recurso de casación de fecha 28/07/21, sin que conste ninguna actuación posterior a ésta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que habiendo transcurrido con exceso el plazo previsto por el art 310 inc. 2) del CPC. sin ninguna actuación del impugnante a fin de dar impulso al recurso, corresponde declarar la caducidad de instancia. - - - - -
A LA SEGUNDA CUESTIÓN PLANTEADA, los Señores Ministros por unanimidad dijeron:
Con costas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por todo ello y de conformidad con lo preceptuado por el art 310 inc. 2; art 311 y conc. del CPCC,
Autos Corte N° 047/22.-
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Hacer lugar a la caducidad de la instancia en el presente recurso de casación, deducida por la parte actora. - - - - - - - - - - - - -
2) Costas a la parte demandada recurrente. - - - - - - - - - - - - -
3) Hágase saber a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minas de Tercera Nominación, que deberá proceder a devolver al recurrente el Depósito judicial obrante a fs. 1 de autos. - - - - - - - - - - -
4) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique en las instancias pertinentes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
5) Protocolícese, hágase saber y oportunamente bajen los autos a la Cámara de origen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Presidente: Dr. Carlos Miguel FIGUEROA VICARIO.-
Ministros: Dr. José Ricardo CACERES.-
Dra. Fabiana Edith GOMEZ.-
Dr. Luis Raúl CIPPITELLI.-
Dr. Néstor Hernán MARTEL.-
Dra. Rita Verónica SALDAÑO.-
Secretaria: Dra. Cristina del Valle SALAS MARTINEZ.-
Sumarios
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