Sentencia N° 31/23
SARTOR, Juan Pablo C/ MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS, DEPARTAMENTO SANTA ROSA s/Acción de Amparo por Mora de la Administración
Actor: SARTOR, Juan Pablo
Demandado: MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS, DEPARTAMENTO SANTA ROSA
Sobre: Acción de Amparo por Mora de la Administración
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Interlocutoria Amparo
Fecha: 2023-10-05
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Texto de la Sentencia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Treinta y uno
San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de octubre de 2023
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 071/2022 "SARTOR, Juan Pablo C/ MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS, DEPARTAMENTO SANTA ROSA s/Acción de Amparo por Mora de la Administración", y- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:
Que es facultad de este Tribunal, conforme lo normado por el artículo 316 del Código Procesal Civil y Comercial (CPCC), declarar de oficio la caducidad de la instancia, sin otro trámite que la comprobación del vencimiento de los plazos establecidos en el artículo 310 del CPCC y antes de que cualquiera de las partes impulsare el procedimiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Así, conforme a las constancias del expediente, resulta que el presente procedimiento ha estado paralizado desde el día 17 de abril del año 2023 (conf. fs. 473vta.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por ello, y de conformidad con la naturaleza de la acción entablada, se observa que el plazo por el cual el curso de la causa no ha sido instada excede los tres meses previstos en el artículo 310 inc. 2 del CPCC. En efecto, es pertinente declarar de oficio la caducidad de instancia respecto de la acción planteada- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
Sin costas atento a la falta de contradictorio.- - - - - - - - - - - - -
Por los motivos dados y lo dispuesto por los artículos 310 inc. 2°, 311 y 316 del Código Procesal Civil y Comercial, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Declarar de oficio la caducidad de la instancia en los presentes autos, sin costas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2) Protocolícese, notifíquese y oportunamente archívese.- - - -
Fdo.: Dres. Maria Fernanda Rosales Andreotti (Presidenta), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), Fabiana Edith Gómez (Ministra), José Ricardo Cáceres (Ministro), Rita Verónica Saldaño (Ministra), Néstor Hernán Martel (Ministro) y Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Sumarios
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