Sentencia N° 16/22
ORTIZ, Alberto Sebastián c/ ARCOR SAIC s/ Laboral s/ RECURSO DE CASACION
Tribunal: CORTE DE JUSTICIA
Materia: Sentencia Interlocutoria Casación
Fecha: 2022-04-25
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Texto de la Sentencia
SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Dieciséis.-
San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de Abril de 2.022.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 025/19 “ORTIZ, Alberto Sebastián c/ ARCOR SAIC s/ Laboral s/ RECURSO DE CASACION” y- - - - - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:
Que a fs. 657 de los autos Expte. Nº 055/13 (Cám. Nº133/17) el Dr. Gustavo Adolfo Pérez Díaz, apoderado de la parte actora – recurrida- solicita regulación de los honorarios profesionales por su actuación en esta instancia; consecuentemente a fs. 672/672 vta. de los mismos (S.I. Nº 39/21) se ordena elevar las actuaciones a esta Corte de Justicia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Conforme surge de los presentes autos a fs. 44/47 se dictó Sentencia Definitiva Nº 43, de fecha 27/09/19, por la cual se resuelve declarar formalmente inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, con costas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que la base a tener en cuenta para la regulación de honorarios de los Dres. Gustavo Adolfo Pérez Díaz y Fausto Javier Espinosa está dada por la regulación de honorarios efectuada en Sentencia Interlocutoria Nº 06/20, obrante a fs. 616/620 vta. de los autos Expte. Nº 055/13 (Cám. Nº133/17); dictada por el Juzgado de Primera Instancia, de Control de Garantías en lo Penal, Laboral y de Menores de la Sexta Circunscripción Judicial Recreo, que fija un 25,2% de manera conjunta a los apoderados del actor; y la planilla de actualización del capital, de fs. 638/639 vta., de la que surge que los honorarios de primera instancia son de Pesos Quinientos setenta y cuatro mil ciento sesenta y seis con cuarenta y un centavos ($574.166,41), los que se encuentran firmes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que este Tribunal entiende que, conforme lo prescribe el art. 34 de la Ley Nº 5724/22, el resultado obtenido y la labor cumplida, corresponde aplicar a los Dres. Gustavo Adolfo Pérez Díaz –apoderado- y Fausto Javier Espinosa –patrocinante- de la parte actora el porcentaje del 35 % de dicho artículo al monto base señalado precedentemente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por ello y conforme lo dispuesto por el art. 34, concordantes y correlativos de la Ley Nº 5724/22 y art. 68 del CPCC.,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Regular los honorarios profesionales de los Dres. Gustavo Adolfo Pérez Díaz y Fausto Javier Espinosa, en forma conjunta y en proporciones de ley, por los trabajos realizados en el Recurso de Casación, en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($200.958,28).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2) Protocolícese, hágase saber al obligado al pago, notifíquese a la Dirección General de Rentas de la Provincia y bajen los presentes autos a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas, del Trabajo y de Familia de Segunda Nominación.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Presidente: Dr. Carlos Miguel FIGUEROA VICARIO.-
Ministros: Dra. Vilma Juana MOLINA.-
Dra. Fabiana Edith GOMEZ.-
Dr. Luís Raúl CIPPITELLI.-
Dr. Néstor Hernán MARTEL.-
Dra. María Fernanda ROSALES ANDREOTTI.-
Dr. Marcos Augusto HERRERA.-
Secretaria: Dra. Cristina del Valle SALAS MARTINEZ.-
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