Sentencia N° 39/22

COSTELLO, Rita Guillermina y Otros s/ Acción Colectiva de Amparo Ambiental - s/ RECURSO DE CASACION

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Casación

Fecha: 2022-12-20

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Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Treinta y nueve.- San Fernando del Valle de Catamarca, 20 de Diciembre de 2.022.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 048/22 – “COSTELLO, Rita Guillermina y Otros s/ Acción Colectiva de Amparo Ambiental - s/ RECURSO DE CASACION”, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: Que llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 83/22 dictada por la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, de Trabajo, de Familia y de Menores de Segunda Nominación. - - - - - - A fs. 35 se ordena elevar las presentes actuaciones a este Tribunal quedando la causa en estado de resolver sobre la viabilidad formal del recurso intentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En ese orden, examinado el recurso se observa que fue interpuesto temporáneamente el memorial de agravios, de acuerdo a la fecha del cargo de fs. 26 -11/08/22- y de la Sentencia Interlocutoria Nº 83/22 -29/07/22- art. 289 del CPCC-; que el monto del proceso denunciado cumple con las exigencias del art. 297 del CPCC.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Atento lo señalado estarían en principio cumplidos los requisitos formales previstos por las normas de cita por lo que corresponde declarar la admisibilidad formal, sin que ello signifique abrir juicio de valor definitivo sobre los mismos, los que podrán ser valorados nuevamente al momento del tratamiento de la procedibilidad en sentencia definitiva.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por todo ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Declarar a prima facie formalmente admisible el recurso de casación interpuesto a fs. 7/26 de autos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2) Protocolícese, hágase saber y sigan los autos según estado.- Presidente: Dr. Carlos Miguel FIGUEROA VICARIO.- Decano: Dr. José Ricardo CÁCERES.- Dra. Fabiana Edith GOMEZ.- Dr. Néstor Hernán MARTEL.- Dra. Rita Verónica SALDAÑO.- Dra. Ma. Alejandra AZAR.- Dra. Ma. Guadalupe PEREZ LLANO.- Secretaria: Dra. Cristina del V. SALAS MARTINEZ.-

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