Sentencia N° 33/22

Moreno, David Delfor – violación de domicilio – daños – amenazas, etc.- s/ rec. de casación c/sent. nº 67 de expte. nº 148/19

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Casación Penal

Fecha: 2022-12-06

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Texto de la Sentencia

AUTO INTERLOCUTORIO Nº: TREINTA Y TRES San Fernando del Valle de Catamarca, seis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Estos autos Expte. Corte nº 085/22, caratulados: “Moreno, David Delfor – violación de domicilio – daños – amenazas, etc.- s/ rec. de casación c/sent. nº 67 de expte. nº 148/19”; y CONSIDERANDO: I). Que la Dra. María Fernanda Rosales Andreotti solicita que se la aparte de entender en la causa, en virtud del grado de parentesco existente con la Dra. Victoria Eugenia Rosales –parentesco de segundo grado y familiaridad en el trato-, quien interviene como patrocinante de la querellante particular. Que la causal expuesta, prevista en el art. 56 inc. 3 del Código Procesal Penal debe admitirse, pues excede el plano meramente subjetivo de quien la alega, al fundarse en una circunstancia objetiva consistente en la intervención en la causa de su pariente, de segundo grado, Victoria Eugenia Rosales. En mérito de la razones vertidas, la CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA, RESUELVE: 1º). Hacer lugar a la inhibición formulada por la Señora Ministra, Dra. María Fernanda Rosales Andreotti para entender en estos autos Corte nº 085/2022, apartándola del conocimiento del Recurso de Casación interpuesto por David Delfor Moreno, en los autos nº 148/19. 2º) Notifíquese a las partes que el Tribunal quedará integrado por los que suscriben. 3º) Protocolícese y hágase saber. FIRMADO: Dres. Carlos Miguel Figueroa Vicario –Presidente-, José Ricardo Cáceres, Fabiana Ediht Gómez, Néstor Hernán Martel, Rita Verónica Saldaño y Luis Raúl Guillamondegui. ANTE MI: Dra. María Fernanda Vian –Secretaria- Es copia fiel del auto interlocutorio original que se protocoliza en la Secretaría a mi cargo. Conste.-

Sumarios

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