Sentencia N° 1/26

SIR, Enrique Abraham c/ PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA Y/O ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PREVISIONALES (AGAP) S/ Acción Contencioso Administrativa

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso

Fecha: 2026-02-23

Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Uno San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de febrero de 2026.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 165/2016 "SIR, Enrique Abraham c/ PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA Y/O ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PREVISIONALES (AGAP) S/ Acción Contencioso Administrativa", traídos a despacho a fin de resolver sobre el pedido de regulación definitiva de honorarios, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: 1- Que a fs. 637, el Perito CPN Sergio Matías Vega Romero, solicita la regulación definitiva de sus honorarios profesionales, atento a que los fijados en Sentencia Interlocutoria N° 32 de fecha 04/05/2022 (fs. 464 y vta.) lo fueron de manera provisoria y permanecen sin cobrar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Que, analizada la petición efectuada por el perito CPN, la misma encuentra sustento en el carácter de regulación provisoria de sus honorarios profesionales establecido en la Sentencia Interlocutoria N° 32/2022 por carecer la causa, en ese entonces, de base de regulación, la que fue fijada en Sentencia Interlocutoria N° 24 de fecha 26/04/2023 en la suma de $1.059.102,95 (fs. 535 y vta.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - De acuerdo a lo expuesto, y conforme a lo previsto en los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución CPCE Nº 3034/15, esta Corte de Justicia ratifica la regulación provisoria de 4 JUS esta vez con el carácter de definitiva, ello atento a que de la aplicación de los porcentajes (5% a 20%) previstos en el art. 2 de la resolución de mención a la base de liquidación, el monto resultante es menor al mínimo legal fijado en su art. 3. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En conclusión, corresponde regular los honorarios profesionales del Sr. perito CPN Sergio Matías Vega Romero por su labor como auxiliar de justicia, de cuyo informe da cuenta el voto del Dr. Cáceres en la Sentencia Definitiva N° 3/2021, en el valor de 4 JUS, monto que actualizado al momento del presente pronunciamiento asciende a la suma de $416.021,60 - art. 55 de la Ley 5724 (JUS $104.005,40 X 4 = $416.021,60) .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2- Sin costas a la naturaleza de la resolución.- - - - - - - - - - - - - - - - - Por todo ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Regular de manera definitiva los honorarios profesionales del Sr. Perito CPN Sergio Matías Vega Romero, por el trabajo realizado en la presente causa, en la suma de pesos cuatrocientos dieciseis mil veintiuno con sesenta centavos ($416.021,60), 4 JUS, conforme al valor del JUS al momento de la presente regulación (valor del JUS $104.005,40 x 4JUS).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2) Sin costas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3) Protocolícese, notifíquese al interesado, a las partes, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Dirección General de Rentas.- - - - - - - - - Fdo.: Dres. Néstor Hernán Martel (Presidente), Fabiana Edith Gómez (Ministra), Rita Verónica Saldaño (Ministra), Jorge Rafael Bracamonte (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Maria Fernanda Rosales Andreotti (Ministra), Gimena De La Cruz Soria Seco (Ministra), Ante mi: Dra. Yesica Mariana Diazr (Prosecretaria - Corte de Justicia).-

Sumarios

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