Sentencia N° 4/26

CASTRO, Norma Patricia c/ ESTADO PROVINCIAL DE CATAMARCA - MINISTERIO DE EDUCACION s/ Acción Contencioso Administrativa

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso

Fecha: 2026-03-16

Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Cuatro San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de marzo de 2026 Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 091/2023 "CASTRO, Norma Patricia c/ ESTADO PROVINCIAL DE CATAMARCA - MINISTERIO DE EDUCACION s/ Acción Contencioso Administrativa ", y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: Que es facultad de este Tribunal, conforme lo normado por el artículo 316 del Código Procesal Civil y Comercial (CPCC), declarar de oficio la caducidad de la instancia, sin otro trámite que la comprobación del vencimiento de los plazos establecidos en el artículo 310 del CPCC y antes de que cualquiera de las partes impulsare el procedimiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así, conforme a las constancias del expediente, resulta que el presente procedimiento ha estado paralizado desde el día 17 de septiembre del año 2024 (conf. fs. 47.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por ello y de conformidad con la naturaleza de la presente acción, se observa que el plazo por el cual ha estado paralizada la causa excede los seis meses previstos en el art. 310 inc. 1 del CPCC, en consecuencia, corresponde declarar la caducidad de instancia del presente proceso.- - - - - - - - Sin costas, atento la falta de contradictorio.- - - - - - - - - - - Por los motivos dados y lo dispuesto por los artículos 310 inc. 1°, 311 y 316 del Código Procesal Civil y Comercial, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Declarar de oficio la caducidad de la instancia en los presentes autos, sin costas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- /// CORTE Nº 091/2023 2) Protocolícese, notifíquese y oportunamente archívese.- - - - - - - - - - - - Fdo.: Dres. Néstor Hernán Martel (Presidente), Fabiana Edith Gómez (Ministra), Rita Verónica Saldaño (Ministra), Jorge Rafael Bracamonte (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Maria Fernanda Rosales Andreotti (Ministra), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).-

Sumarios

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