Sentencia N° 24/26

QUINTEROS, Ariel Julián c/ ESTADO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso

Fecha: 2026-07-29

Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: VEINTICUATRO.- San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de julio de 2026 Y VISTOS: El Expte. Corte Nº 010/2026 caratulados “QUINTEROS, Ariel Julián c/ ESTADO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa", y - - - - - CONSIDERANDO: Que viene el presente expte. a despacho a fin de la integración del Tribunal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A fs. 111 el Sr. Ministro de esta Corte de Justicia, Dr. Jorge Rafael Bracamonte, conforme previsión del art. 30 del CPCC, solicita su apartamiento para intervenir en la presente causa por encontrarse comprendido con el Dr. Rafael Ernesto Díaz Martínez (abogado patrocinante de la parte actora) dentro de la causal prevista en el art. 17, inc. 1º del citado cuerpo legal, con quien tiene parentesco por consanguinidad de cuarto grado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A fs. 112 se ordena la integración del Tribunal según lo determina el art. 6º de la Ley Nº 2337 modificado por la Ley Nº 5730, para entender de la excusación en estudio, resultando designada del sorteo practicado a fs. 113 la bolilla Nº siete (7) correspondiente al señor Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo, Minas, Menores y Familia de Tercera Nominación, Dr. Pablo Martín Rosales Andreotti.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A fs. 115 se ordena autos a despacho para resolver la excusación planteada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Que siendo de recibo la razón invocada en la excusación formulada por el Dr. Bracamonte, conforme las previsiones del art. 30 y 17 inc. 1º) del Código Procesal Civil y Comercial,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Hacer lugar a la excusación formulada por el Sr. Ministro, Dr. Jorge Rafael Bracamonte, quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.- - - - - 2) Protocolícese, notifíquese y prosigan los autos según su estado.- - Fdo.: Dres.Néstor Hernán Martel (Presidente), Fabiana Edith Gómez (Ministra), Rita Verónica Saldaño (Ministra), José Ricardo Cáceres (Ministro), Maria Fernanda Rosales Andreotti (Ministra), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), Pablo Rosales Andreotti (Ministro Subrogante) . Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia)"

Sumarios

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