Sentencia N° 26/26

MINERA DEL ALTIPLANO S.A. c/Poder Ejecutivo -s/ Acción Contencioso Administrativa

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Contencioso

Fecha: 2026-08-06

Texto de la Sentencia

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Veintiseis San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de agosto de 2026.- Y VISTOS: Estos autos Corte N° 005/2014 "MINERA DEL ALTIPLANO S.A. c/Poder Ejecutivo -s/ Acción Contencioso Administrativa", traídos a despacho para resolver la homologación del convenio suscripto por las partes, y- - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: Que el día 04/02/2026, a fs. 338/339 y vta. se presentan el Dr. Guillermo Felipe Clark, en carácter de apoderado de Minera del Altiplano S.A. (fs. 05/10) y el Dr. Marcos Rodolfo José Denett, Fiscal de Estado, con el patrocinio letrado de la Dra. Victoria Rosales (fs. 285) y solicitan la homologación de la Adenda de fecha 13/11/2025 referida al Acuerdo transaccional de fecha 13/10/2015 ratificado por Decreto Acuerdo N° 2097 del 13/11/2015, que fue homologado en Sentencia Interlocutoria N° 12 de fecha 17/03/2016 obrante a fs. 272/275 de los presentes autos.- -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Luego de integrado el Tribunal, se corre vista al Ministerio Público del pedido de homologación, el que se pronuncia en Dictamen N° 070/2026 sin realizar objeciones a lo solicitado por las partes (fs. 355/356). A fs. 357 obra proveído que ordena autos para resolver, el que firme deja la causa en estado de emitir pronunciamiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Analizadas las constancias de autos, surge que a fs. 289/299 obra adjunta copia fiel de “Adenda a Acuerdo Transaccional” celebrado el día 03/11/2025, entre el Lic. Raúl Alejandro Jalil, en su carácter de Gobernador de la Provincia de Catamarca, y los Sres. Luciano Antonio Mancuso y José Ignacio Costas, en carácter de apoderados de Minera del Altiplano S.A. y a fs. 300/304 copia del Decreto H.y O.P. N° 1509 de fecha 05/11/2025 cuyo artículo 10 establece que suscripta la modificación del Acuerdo Transaccional se remitirá una copia a esta Corte de Justicia para su homologación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Que el instrumento en análisis implica la variación del Acuerdo Transaccional de fecha 13/10/2015 homologado en Sentencia Interlocutoria N° 12/2016. Este cambio responde a la necesidad de adecuación del instrumento original a las nuevas políticas mineras que determinaron la disolución del Fondo Fiduciario Salar del Hombre Muerto (FSHM) sustituido por el Fondo Fiduciario de Regalías Mineras de la Provincia de Catamarca (FFRM), a los fines de la concreción de los aportes mineros. Conforme ello, y teniendo en cuenta la conformidad de las partes expuesta en el nuevo instrumento, surgen acreditados los presupuestos de ley, tanto subjetivos como objetivos para la procedencia de lo solicitado de conformidad a los arts. 72 del CCA y 308 del CPCC, por lo que, corresponde homologar la Adenda del Acuerdo Transaccional peticionado con el alcance y efecto previsto en el art. 309 del CPCC (art. 74 del CCA).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3- Costas por su orden. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por ello, y en conformidad a lo dictaminado por el Ministerio Público y a las normas legales citadas, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Homologar la “Adenda a Acuerdo Transaccional” celebrado entre la Provincia de Catamarca, representada por el Sr. Gobernador Lic. Raúl Alejandro Jalil y Minera del Altiplano S.A. representada por sus apoderados Sres. Luciano Antonio Mancuso y José Ignacio Costas, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los 13 días del mes de noviembre de 2025, cuya copia fiel obra agregada a fs. 289/299 de los presentes autos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2) Costas por su orden. (arts. 73 del CPCC y 74 del CCA).- - - - - - - 3) Protocolícese, notifíquese y oportunamente archívense.- - - - - - - Fdo.: Dres. Néstor Hernán Martel (Presidente), Fabiana Edith Gómez (Ministra), Rita Verónica Saldaño (Ministra), Jorge Rafael Bracamonte (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro) y Maria Guadalupe Perez Llano (Ministra Subrogante). Ante mi: Dra. Maria Margarita Ryser (Secretaria - Corte de Justicia).-

Sumarios

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