Sentencia N° 38/26

Gómez, José Antonio s/ recurso de casación…en Expte. 73/23

Tribunal: CORTE DE JUSTICIA

Materia: Sentencia Interlocutoria Casación Penal

Fecha: 2026-09-23

Texto de la Sentencia

AUTO INTERLOCUTORIO NÚMERO: TREINTA Y OCHO San Fernando del Valle de Catamarca, veintitrés de septiembre de dos mil veintiséis. VISTOS: La inhibición planteada por la Dra. Rita Verónica Saldaño en esta causa 070/26 de la Sala Penal, caratulada: “Gómez, José Antonio s/ recurso de casación…en Expte. 73/23”; Y CONSIDERANDO QUE: La Dra. Saldaño, se excusa de actuar en esta causa, en tanto advierte que en la etapa de la investigación penal preparatoria llevada a cabo por la fiscalía de instrucción de la quinta circunscripción judicial, le toco intervenir como defensora oficial subrogante, oportunidad en la que fue notificada de diversas medidas dispuestas en la causa. Esa actuación previa informada por la Sra. Ministra, autoriza a considerar que su pedido de apartamiento resulta procedente, a fin de evitar cualquier temor de afectación a la imparcialidad y todo de conformidad a lo establecido en el art. 56 inc. 1 del CPP. En mérito de las razones vertidas, la Sala Penal de la CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA, RESUELVE: 1º) Hacer lugar a la inhibición formulada por la Señora Ministra, Dra. Rita Verónica Saldaño en estos autos expte. Corte nº 70/26 (art. 56 inc. 1 del CPP). 2º) Notifíquese a las partes que el Tribunal quedará integrado por los que suscriben. 3º) Protocolícese y hágase saber. FIRMADO: Dres. María Fernanda Rosales Andreotti -Presidenta-, Néstor Hernán Martel y José Ricardo Cáceres. ANTE MÍ: Dra. María Fernanda Vian -Secretaria- CERTIFICO: Que el presente es copia fiel del original que obra agregado al protocolo de la Secretaría Penal. Conste.

Sumarios

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